La acción denuncia graves infracciones a las garantías procesales, revelando que un coimputado obtuvo la rebaja de su prisión preventiva tras modificar drásticamente una versión de hechos que sostuvo de forma idéntica por casi cinco años.
COYHAIQUE.- Los abogados defensores del senador Miguel Ángel Calisto interpusieron una acción constitucional de amparoante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique. El recurso solicita expresamente que se deje sin efecto el intempestivo cierre de la investigación decretado por el Juzgado de Garantía de Coyhaique a requerimiento de la Fiscalía Regional de Aysén.
La defensa técnica argumenta que las acciones del Ministerio Público impidieron de forma arbitraria e ilegal el ejercicio del derecho de defensa consagrado en la Constitución y en las leyes, al cerrar la causa mientras el plazo judicial se encontraba vigente y tras ocultar diligencias esenciales ejecutadas solo horas antes de la clausura del debate.
El escrito judicial de amparo expone de manera pormenorizada cómo la Fiscalía Local de Coyhaique forzó un término apresurado del proceso para evitar que la defensa del senador Calisto pudiera controvertir de manera efectiva un giro absoluto en el testimonio de los coimputados Roland Cárcamo Catalán y Carla Graf Toledo. Según se expone textualmente en el documento, las declaraciones de ambos coimputados, de las cuales la defensa tomó conocimiento formal recién el domingo 10 de mayo de 2026, «contenían un cambio radical y sustancial en la versión de los hechos que durante casi cinco años habían sostenido».
La defensa subraya con especial énfasis que esta alteración del testimonio guarda una directa relación con la situación cautelar que sufría el coimputado Roland Cárcamo. Cárcamo se encontraba privado de libertad bajo la medida de prisión preventiva en el marco de una causa penal completamente distinta e independiente de la concerniente al senador Miguel Ángel Calisto, específicamente asociada a supuestos delitos cometidos en los años 2023 y 2024 en perjuicio del Gobierno Regional de Aysén.
Tras mantener inalterado su relato original frente a la policía y los fiscales a lo largo de media década de tramitación, los coimputados revocaron de forma verbal el patrocinio de sus defensores privados y, tras asumir la representación la Defensoría Penal Pública, prestaron nuevos testimonios ante el Ministerio Público el 29 de abril de 2026. Apenas se registró esta nueva declaración, se fijó de manera urgente una audiencia de revisión de medidas cautelares para el día siguiente, oportunidad en la cual el señor Cárcamo «pudo salir de prisión, con acuerdo del Ministerio Público», dado que la institución fiscalizadora procedió a allanarse íntegramente a la modificación de la gravosa cautelar.
La defensa destaca que este radical viraje procesal fue utilizado de forma inmediata por los persecutores para estructurar una acusación formal en contra del parlamentario. El libelo constitucional acusa detalladamente que el proceder del Ministerio Público se tradujo en sucesivos e insalvables impedimentos para el ejercicio del derecho a la defensa.
El recurso de amparo concluye solicitando a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique que intervenga de manera urgente ante “esta flagrante e ilegal restricción de derechos fundamentales”, ordene dejar sin efecto las resoluciones judiciales recurridas y el cierre de la investigación penal, y fije un plazo prudencial y razonable para que el senador Miguel Ángel Calisto pueda solicitar las diligencias investigativas indispensables que aseguren un debido proceso legal y destruyan una imputación edificada sobre la base de declaraciones radicalmente modificadas a conveniencia cautelar.





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