La Corte de Coyhaique rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa y confirmó la resolución que decretó la prisión preventiva de A.F.V.B., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves. Ilícitos perpetrados el sábado de la semana antepasada, en la Ruta 7, entre Villa Mañihuales y Puerto Aysén.
En fallo unánime (causa rol 144-2026), la sala única del tribunal de alzada –integrada por los ministros Natalia Rencoret, Pedro Castro y Luis Aedo– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Aysén, al compartir que la libertad de A.F.V.B. constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, considerando que, por ahora, concurren elementos bastantes para justificar la existencia de los hechos investigados así como presunciones fundadas de la participación del encartado en calidad de autor, estimándose que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la pena asignada por la ley al delito, carácter y circunstancias de comisión, por lo que otras medidas cautelares personales no son suficientes para asegurar los fines del procedimiento; y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 139 y 140 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha 19 de mayo del año 2026, por la cual se hizo lugar a decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva del encartado A.F.V.B.”.
Según el ente persecutor, alrededor de las 15:20 horas del 16 de mayo de 2026, el imputado conducía un tractocamión de alto tonelaje por la Ruta 7, entre Villa Mañihuales y Puerto Aysén, en estado de ebriedad. En dicho contexto, sobrepasó el eje central de la calzada e impactó frontalmente a un vehículo menor en que se trasladaba una familia, provocando la muerte del conductor del automóvil y lesiones graves a su pareja e hijo de 8 años.





Comments are closed.